La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en un auto, estima el recurso de los hosteleros contra la restricción que impide la apertura de la hostelería más allá de las 22:30 horas, hora máxima incluida en la resolución de la Consejería de Sanidad que establece medidas frente al coronavirus en Cantabria tras decaer el Estado de Alarma nacional.
En dicha resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, se concluye por mayoría que dicho tribunal procede a la suspensión cautelar del cierre anticipado de bares, restaurantes y otros establecimientos abiertos al público.
Razonan al tomar esta medida que “no solo no impide, sino que se corre el peligro de potenciar reuniones sociales en el resto de lugares a partir de esta hora (tanto en domicilios particulares como en el campo)”.
En el documento, se refieren a la duración temporal de la medida que interpretan que la limitación horaria queda sujeta a las evaluaciones epidemiológicas semanales por municipios.
“La limitación horaria cuestionada no solo puede, si no que debe modificarse en atención a la evolución de la pandemia”.
Según ha indicado la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria, “la medida cautelar entra en vigor inmediatamente”, lo que permite a los establecimientos cerrar según el horario ordinario de su licencia.